A- de 2016
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Ruth Johany Sanchez Gomez·Demandado Rama Judicial Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Aplicación del Decreto 1834 de 2015 respecto al reparto de acciones de tutela masivas
- Decreto 1834 de 2015
- Las tutelas que presenten unidad de objeto, causa y parte pasiva serán repartidas al mismo despacho judicial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre la Subsección D, Sección Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y la Subsección C, Sección Tercera de la misma Corporación.
Encontró la Corte que la controversia se generó por la aplicación del Decreto 1069 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, adicionado por el Decreto 1834 de 2015.
Precisa la Sala que esta norma tuvo como propósito responder al fenómeno de interposición masiva de acciones de tutela (“tutelatón”) que pudieran causar una afectación a los principios de celeridad, eficiencia y economía procesal que gobiernan la acción de tutela y la administración de justicia.
Se resuelve el asunto ordenando la remisión del expediente a la Subsección C, Sección Tercera del precitado Tribunal, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 10 de marzo de 2016, proferido por la Subsección C, Sección Tercera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, dentro de la acción de tutela formulada por Ruth Johany Sánchez y otros, en contra de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura y la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Bogotá.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-2373 a la Subsección C, Sección Tercera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que contiene la acción de tutela presentada por Ruth Johany Sánchez y otros, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
- Tercero. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR a la Subsección D, Sección Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, la decisión adoptada en la presente providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.